Antes que todo debemos citar el Código Laboral de donde obtendremos la información de los artículos 159, 160 y 161.
Cada uno de estos articulos se refiere al término del contrato de trabajo entre el trabajador y la empresa, invocando distintas justificaciones para el término del mismo.
La conveniencia o no del uso de las justificaciones de los artículos 159, 160 y 161 va a depender netamente de la situación por la cual se quiere dar término al contrato de trabajo.
Podemos dar como ejemplo un caso que hoy en día es muy común, “el despido por necesidades de la empresa (Art. 161 )” lo cual permite a la empresa a despedir a alguno de sus trabajadores invocando causas tales como bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado o de la economía.
